ACTA CONSEJO DE LOS DESERTORES OJO
ACTA DE AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO DEL CONSEJO DE DISCIPLINA INSTAURADO EN CONTRA DE LOS SRS. CPTOS. MINA SILVA JEFFERSON JAVIER CON NO. DE C. C 1721 834479, MOJARRANGO ESCOBAR VICTOR ANDRES CON NO. DE C. C 0804474914 DE LA LEVA 1994 PRIMERA LLAMADA, ZAMBRANO RIVERA WILSON CRISTOBAL CON No. DE CC 1315029239, QUIÑONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON NO. DE CC 0850452327, ZURITA LOORJORDY JORGE CON NO. DE C. C 08041 67476, CHILA GASPAR RUBEN DARIO CON NO. DE C. C 0804252682 DE LA LEVA 1994SEGUNDA LLAMADA, MAGUA BARRE BRYAN DARIO CON NO. DE C. C 1725874745, ARTEAGA VALENCIA DAVID ALBERTO CON NO.
DE C. C 0804152122 DE LA LEVA 1994 TERCERA LLAMADA, PERTENECIENTES AL BATALLON DE INGENIEROS NO 67 to nut «MONTUFAR» En la Provincia de Sa de Santo Domingo del mes de diciembr Sala de Operaciones se instaló en Sesión e 4 Swipe p el año hilas, en la ciudad los dieciséis días las 10hOO, en la S NO 67 «Montufad, ombrado en la Orden General NO 191 del dra viernes 13 de diciembre del 2013, para analizar y juzgar la presunta falta disciplinaria cometida por los Señores CPTOS. MINA SILVA JEFFERSON JAVIER CON NO. DE C. C 1721 834479, MOJARRANGO ESCOBAR VICTOR ANDRES CON NO. DE C.
C 0804474914 DE LA LEVA 1994 PRIMERA LLAMADA, ZAMBRANO RIVERA WILSON CRISTOBAL CON No. DE CC 1315029239, QUIÑONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON No. DE CC 0850452327, ZURITA LOOR JORDY JORGE CON NO. DE C. C 08041 67476, CHILA GASPAR RUBEN DARIO CON NO. DE C. C C. C 0804252682 DE LA LEVA IB4SEGUNDA LLAMADA MAGUA BARRE BRYAN DARIO CON NO. DE C. C 1725874745, ARTEAGA VALENCIA DAVID ALBERTO CON NO. DE C. C 0804152122 DE LA LEVA 1994 TERCERA LLAMADA, PERTENECIENTES AL BATALLON DE NGENIEROS N» 67 «MONTUFAR» El Consejo de Disciplina se encuentra conformado por los siguientes miembros: PRESIDENTE MAYO.
DE E. MEJIAJIJON NELSON PATRICIO PRIMER MIEMBRO. CAPT. DE E. PACHECO PIEDRA ROMMEL PATRICIO SEGUNDO MIEMBRO: TORRES ARMAS PAUL ALEXIS TERCER MIEMBRO SUBS. DE TRP. BAQUE SANTANA PASCUAL ADRIANO OFICIAL DE JUSTICIA: TNTE. DE JUS. SANCHEZ PEREZ RODRIGO ALEXANDER SECRETARIO CPTO. CANGA ALVARADO EDISON PATRICIO Instalado el Consejo de Disciplina, el señor Secretario procede a constatar la presencia de los señores: PRESIDENTE: MAYO DE E. MEJIA JIJON NELSON PATRICIO, PRIMER VOCAL CAPT. DE E. PACHECO PIEDRA ROMMEL PATRICIO; SEGUNDO VOCAL: CAPT.
DE TORRES ARMAS PAUL ALEXIS, TERCER VOCAL: SUBS. DE TRP. BAQUE SANTANA PASCUAL ADRIANO; OFICIAL DE JUSTICIA: TNTE. DE JUS. SANCHEZ PEREZ RODRIGO ALEXANDER; Y SECRETARIO: CPTO. CANGA ALVARO EDISON PATRICIO. -EI señor Secretario constata MINA SILVA JEFFERSON JA tados Señores CPTOS. 4 DE C. C 1721 834479, 0804252682 DE LA LEVA 1994SEGUNDA LLAMADA, MAGUA LEVA 1994 TERCERA LLAMADA. PERTENECIENTES AL BATALLON DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR», no se encuentran presentes pese haber sido legalmente citados por tres ocasiones mediante boletas dejadas en su domicilio. Acto seguido, el señor Presidente, dirigiéndose a los presentes efectúa su juramento de ley manifestando: «Juro por mi honor, proceder fiel, imparcial y legalmente como Presidente de este Consejo de Disciplina»; uego, dirigiéndose a los Miembros y Secretario, procede a tomarles el juramento de ley, expresando «Juran por la República, por su honor, proceder en este Consejo de Disciplina, según su conciencia y ley, apartándose de todo afecto, odio, temor, cólera y pasión y guardar absoluta reserva sobre las deliberaciones posteriores y sobre la votación personal», quienes contestan: «Si juramos».
El señor Presidente dispone que por intermedio de Secretaría se de lectura al informe que sirvió de base para la instauración del presente Consejo de Disciplina. El señor Secretano procede a dar lectura del informe en los siguientes érminos: «INFORME QUE PRESENTA EL SR. TNTE. DE E. ZURITA NARANJO DAVID SEBASTIAN, OFICIAL DE RECURSOS HUMANOS DEL B. E 67 «MONTUFAR», SOBRE LA PRESUNTA FALTA COMETIDA POR LOS SRS. CPTOS. MINA SILVA JEFFERSON JAVIER CON NO. DE ZAMBRANO RIVERA 3 4 ANDRES CON NO. DE C.
C 0804474914 DE LA LEVA 1994 PRIMERA LLAMADA, ZAMBRANO RIVERA WILSON CRISTOBAL CON No. DE 1315029239, QUIÑONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON NO. DE CC 0850452327, ZURITA LOORJORDY JORGE CON NO. DE C. C 0804167476, CHILA GASPAR RUBEN DARIO CON NO. DE C. C 0804252682 DE LA LEVA 1994SEGUNDA LLAMADA, MAGUA DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR»A- ANTECEDENTES: El día unes 04 de Noviembre del 2013, mediante Memorándum No. 2013-225-BE-67-CMDO fui designado para cumplir las funciones de OFICIAL DE RECURSOS HUMANOS DEL B.
E 67 «MONTUFAR» B. – DESARROLLO: El día domingo 17 DE Noviembre del 2013, durante el parte de retreta existió las novedades con los Srs. CPTOS. QUINONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON NO. DE CC 0850452327, DARO CON NO. DE C. C 1725874745, ARTEAGA VALENCIA DAVID «MONTUFAR» TERCERA LLAMADA, salieron con autorización de tres días de permiso por mi TCRN. DE E. M MAURICIO ELAS ESPÍN COBOS, para que realicen tramite personales que tenian cada uno de los a 4 14 E.
M MAURICIO ELIAS ESPÍN COBOS, para que realicen tramite personales que tenían cada uno de los antes mencionados, debiendo retornar al parte de retreta el día domingo 1 7 de Noviembre de 2013, inmediatamente se efectuaron las averiguaciones del caso para intentar localizarlo sin tener resultados positivos hasta el día de hoy martes 16 de Diciembre de 2013, que se presentó el respectivo informe a fin de que se proceda con las acciones disciplinarias del caso según lo determina las leyes y reglamentos en vigencia que rigen las actividades del personal militar.. C. CONCLUSIONES: Los Srs. CPTOS. MINA SILVAJEFFERSON JAVIER CON NO. DE C. C 1721 834479, MOJARRANGO ESCOBAR VICTOR ANDRES CON DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR», solicitaron autorización a mi TCRN. De E. M MAURICIO ELIAS ESPÍN COBOS, para que realicen tramite personales desde el día 14 de Noviembre de 2013 los cuales se encontraban faltos injustificadamente al parte de retreta del día domingo 17 de Noviembre de 2013, continuando en esta situación hasta la presente fecha. – D. RECOMENDACIONES: Me permito recomendar se realicen los trámites correspondientes a fin de que se S4 trámites correspondientes a fin de que se proceda con las cciones disciplinarias del caso según lo determina las leyes y reglamentos en vigencia que rigen las actividades del personal militar, de los srs. CPTOS. MINA SILVAJEFFERSON JAVIER CON NO. DE C. C 1721 834479, MOJARRANGO ESCOBAR VICTOR LLAMADA, ZAMBRANO RIVERA WILSON CRISTOBAL CON NO. DE 1315029239, QUINONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON No. DE CC 0850452327, ZURITA LOOR JORDY JORGE CON NO. C.
C 0804252682 DE LA LEVA 1994SEGUNDA LLAMADA MAGUA LEVA 1994 TERCERA LLAMADA, PERTENECIENTES AL BATALLON DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR», previo el debido proceso se tomen las acciones que señala el Reglamento Sustitutivo al Reglamento de Disciplina Militar en vigencia. Es todo cuanto puedo informar a usted mi Mayor para los fines consiguientes. – Sto. Domingo 18 de noviembre del 2013. – f) TN E. DE E. ZURITA N. DAVID S. , OFICIAL DE RR. HH. DEL B. E 67 «MONTUFAR». – A continuación, por cuanto los imputados los señores CPTOS. QUIÑONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON No.
DE CC 0850452327, ZURITA LOORJORDY JORGE CON NO. DE C. C 08041 67476, CHILA GASPAR RUBEN DARIO CON NO. DE C. C 08 6 4 LLAMADA, PERTENECIENTES AL BATALLON DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR» no comparecieron a esta Audiencia de Juzgamiento pese a haber sido citados conforme lo determina el Reglamento de Disciplina Militar, los miembros del Consejo de Disciplina deliberan para poder emitir su resolución. – Reinstalada la Audiencia luego de la deliberación los miembros del Consejo de Disciplina proceden a emitir su Resolución en los siguientes términos: PRIMERO: De acuerdo al Art. 0 del Reglamento de Disciplina Militar vigente, el Consejo de Disciplina es el competente para conocer y tramitar el presente expediente en razón de la materia, de las personas y del territorio. – SEGUNDO: Durante la tramitación del presente Consejo de Disciplina se han observado las solemnidades sustanciales determinadas en el Reglamento de Disciplina Militar y se han respetado los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, por lo que se declara válido todo lo actuado. TERCERO: Las diligencias evacuadas durante la Audiencia de Juzgamiento se han practicado con la finalidad de esclarecer los hechos, siendo las siguientes: PRUEBA DOCUMENTAL: a) Informe presentado por el sr. TNTE. DE E. ZURITA DAVID OFICIAL DE RR. HH. DEL B. E 67 «MONTUFAR». -PRIJEBA TESTIMONIAL- a) En la versión rendida por el señor TNTE. DE E. ZURITA DAVID OFICIAL D 7 14 TESTIMONIAL. – a) En la versión rendida por el señor TNTE. DE E. ZURITA DAVID OFICIAL DE RR. HH. DEL B.
E 67 «MONTUFAR», durante la Audiencia de Juzgamiento manifestó que los hechos que constan narrados en su informe son verídicos por lo que se ratifica en los mismos y que efectivamente el día domingo 172000-NOV-013, durante el parte de recogida de francos, el Sr. TNTE. DE E. ZURITA DAVID OFICIAL DE RR. HH. DEL B. E 67 «MONTUFAR» constató que los srs. CPTOS. MINA SILVA JEFFERSON JAVIER CON NO. DE C. C 1721834479, MOJARRANGO ESCOBAR VICTOR ANDRES CON NO. DE C. C 0804474914 DE LA LEVA 1994 PRIMERA LLAMADA, ZAMBRANO RIVERA WILSON CRISTOBAL CON NO. DE CC 1315029239, QUINONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON NO.
DE CC 0850452327, ZURITA LOOR JORDY JORGE CON NO. DE C. C 08041 67476, CHILA GASPAR RUBEN DARIO CON NO. DE C. C 0804252682 DE LA LEVA 1994SEGUNDA LLAMADA, MAGUA BARRE BRYAN DARO CON NO. DE C. C 1725874745, ARTEAGA VALENCIA DAVID ALBERTO CON NO. DE C. C 0804152122 DE LA LEVA 1994 TERCERA LLAMADA, PERTENECIENTES AL BATALLON DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR» se encontraban faltos a la Unidad en forma injustificada y desde esa fecha no ha podido saber nada de los Srs. CPTOS. Antes mencionados, pese a que durante el transcurso del tiempo que se encontraban ausentes se ha agotado todos los edios a fin de poder localizarlo. CUARTO. – A través del análisis de la prueba practicada, este Consejo de Disciplina llega a la conclusión de que efectivamente, los señores CPTOS. MINA SILVA LEVA 1994 PRIMERA LLAMADA 8 4 1315029239, QUINONEZ BORJA EDWIN GABRIEL CON NO. DE VALENCIA DAVID ALBERTO CON NO. DE C. C 0804152122 DE LA LEVA 1994 TERCERA LLAMADA, PERTENECIENTES AL BATALLON DE INGENIEROS NO 67 «MONTUFAR», se encuentran faltos injustificadamente al B. E 67 «MONTUFAR», desde el domingo 1 7 de noviembre del dos mil trece hasta la presente fecha. -QUlNTO_- De acuerdo con los Artículos 159 y 160 de la
Constitución de la República del Ecuador, las Fuerzas Armadas serán obedientes y no deliberantes y las infracciones serán juzgadas por los órganos competentes establecidos en la Ley. – Los Artículos 177 y 178 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas establecen que las acciones u omisiones punibles cometidas por los miembros de las Fuerzas Armadas permanentes en actos de servicios o con ocasión del mismo, están previstas y sancionadas en las Leyes y Reglamentos pertinentes; y, que se prohíbe imponer otras penas que no sean las establecidas en las Leyes y Reglamentos que rigen en la Institución Armada.
Que el Articulo 84 del Reglamento General a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas expedido con Decreto Ejecutivo No. 1720 del 6 de mayo de 2009, establece que las acciones u omisiones disciplinarias cometidas por los militares en servicio activo 14 que las acciones u omisiones disciplinarias cometidas por los militares en servicio activo se sujetarán a lo previsto en el Reglamento de Disciplina Militar. Que el Reglamento de Disciplina Militar en sus Artículos 1 y 2 establece, que las Fuerzas Armadas para el cumplimiento de su misión constitucional exige de sus miembros una disciplina rigurosa, cabal y onsciente, que se traduce en el cumplimiento del deber; entendiendo por disciplina militar, la estricta observancia de las Leyes y Reglamentos establecidos para los miembros de las Fuerzas Armadas y en el acatamiento integral de las órdenes y disposiciones emanadas del superior; y que el militar debe obrar siempre evitando realizar actos que causen daño a la Institución, autoridad o al honor de las personas. Razón por la cual, por ser Fuerzas Armadas, una Institución, donde la disciplina constituye un factor primordial, el Art. 188 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que las faltas de carácter isciplinario o administrativo serán sometidas a sus propias normas de procedimiento. El Reglamento de Disciplina Militar, en su Art. 0 señala que «Si la falta juzgada fuere de las tipificadas como atentatorias en este Reglamento, se aplicará una de las siguientes sanciones, entre otras: «Separación del servicio activo «por convenir al buen servicio» el Art. 67 del mismo reglamento manifiesta: «La Separación del Servicio Activo es la sanción disciplinaria que se impone al personal militar por «convenir al buen servicio», sea por mala conducta o por incompetencia profesional del militar, resuelto así por el respectivo Consej 0 DF