Acuerdo

marzo 11, 2019 Desactivado Por admin

Acuerdo gy crissmemo gexaõpR 03, 2010 4 pagos NATURALEZAJURíDlCA ¿Qué es la ciudad de México? (Arts. 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal). La ciudad de México es el Distrito Federal y se constituye como la sede de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

Es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes que le sean necesarios para la prestación de os servicios públicos a su cargo, y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones. GOBIERNO ¿Quién se encuentra a cargo del gobierno del Distrito Federal? (Arts. 122 párrafo primero de la Constitucion Política de los Swpeto page Estados Unidos Mexi Distrito Federal). . El gobierno del Dist Federales y de los ór carácter local. ra to View nut*ge ca Gobierno del de los Poderes ivo y Judicial de ¿Cuáles son las autoridades locales del Distrito Federal? (Arts. 122 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal). El Jefe de Gobierno del Distrito Federa Federal, la Asamblea Legislativa y el Tribunal Superior de Justicia. FUERZA PUBLICA. MANDO, DIRECCION Y MANDO DIRECTO ¿A quién corresponde el mando de la fuerza pública en el Distrito Federal? (Arts. 15 fracción VII y 122 Base Quinta letra E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 7 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 22 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y 1 1 fracción I del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal) „ Al Presidente de la República. ¿Esté facultado el Presidente de la República para instruir directamente a los cuerpos de seguridad pública en el Distrito Federal? Art. 35 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal). Sí, pero sólo cuando el jefe de Gobierno se abstenga, incumpla, contravenga o no acate sus instrucciones. ¿Qué otras facultades le son inherentes al Presidente de la República en materia de seguridad pública en el Distrito Federal? (Arts. 33 y 35 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal). Las siguientes: 1. Instruir al jefe de Gobierno del Distrito Federal sobre: a. La disposición de la fuerza pública; y b.

El ejercicio de funciones de seguridad pública. 2. Solicitar al secretario de Seguridad pública y al procurador General de Justicia que le informen sob secretario de Seguridad Pública y al Procurador General de Justicia que le informen sobre la situación que guarda la fuerza pública en el Distrito Federal. 3. Determinar medidas de apoyo al Jefe de Gobierno del Distrito Federal a solicitud de éste, para hacer frente a situaciones de emergencia derivadas de siniestros y desastres. ??A quién corresponde la dirección de la fuerza pública o semicios de seguridad pública en el Distrito Federal? (Arts. 122 fracción II inciso «e» de la Constitución Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, 67 fracción XX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 23 de la Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal y, 6 del Reglamento de la Policía preventiva del Distrito Federal).

Al Jefe de Gobierno del Distrito Federal. ¿Cuáles son las atribuciones inherentes a la dirección de la fuerza pública en el Distrito Federal? (Arts. 23 y 67 fracción XX ncisos a) al e) de la Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal) „ La dirección de la fuerza pública, comprende, fundamentalmente, las siguientes atribuciones: 1 . El establecimiento de las políticas generales de actuación; 2.

El nombramiento y remoción libre de los servidores públicos de jerarquía Inmedlata inferior a la del Secretario; 3. La determinación de la división del Distrito Federal en áreas geográficas de at 3Lvf4 del Secretario; 3. La determinación de la división del Distrito Federal en áreas geográficas de atención y el nombramiento y emoción libre de los servidores públicos responsables de las mismas; y, 4.

La creación de establecimientos de formación policial ¿Quién debe informar al Presidente de la República sobre el estado que guarda la Fuerza Pública? (Art. 35 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal). . El Jefe de Gobierno del Distrito Federal debe informar permanentemente al Presidente de la República respecto de la situación que guarda la fuerza pública en la ciudad. ¿A quién corresponde designar al titular de la Secretaria de Seguridad Pública? (Arts. 122 Base Quinta inciso E de la

Constitución política de los Estados Undos Mexicanos, 34 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 7 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal „ Al Presidente de la República a propuesta del Jefe de Gobierno. ¿Quién está facultado para remover de su encargo al titular de la Secretaría de Seguridad Pública? (Arts. 122 Base Quinta inciso E de la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 7 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal).