Admitir al usuario a la red prestadora de servicios de salud
REGIONAL CUNDINAMARCA I SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA CENTRO INDUSTRIAL Y DESARROLLO EMPRESARIAL DE SOACHAAPOYO ADMINISTRATIVO EN SALUD GRUPO 365441 CODIGO: I APRENDIZAJE NO GUIA DE 1 COMPETENCIA: ADMITIR AL USUARIO EN LA RED DE SERVICIOS DE SALUD SEGUN NORMATIVA VIGENTE I. CONCIENCIACION / VIVENCIAS Y REFLEXIONES (INDIVIDUAL) PACE 1 orn Resuelva y luego so ‘Ic to View nut*ge 1. Recuerda cuales última atención en s RTA,’ * carné de EPS Boucher solicitados en su 2.
Describa su última atención en salud. ( que profesional lo atendió , en qué servicio en que IPS) describa como fue esa experiencia máximo 10 renglones Un médico general. * En el centro de salud San Marcos. * Pues la verdad me gustó mucho porque el si me puso atención en lo que le pedia me tomo la talla el peso en fin se nota que le gusta su trabajo 3. Recuerde y enumere paso a paso las preguntas realizadas oor el orofesional al momento de la consulta. uando iba a nacer mi hijo primero me atendió la IPS de Saludcoop llamado Materno Infantil de la 94 allí dure aproximadamente 5 horas y me remitieron para un hospital que esta ubicado cerca a la caracas el caso es que allí me atendieron súper mal el médico le faltaba mucho profesionalismo y decidí acer retiro voluntario de esta institución y me devolví a la clínica de Saludcoop para que me atendieran allí y puse una queja hacia ese hospital y ese médico. 6. ¿Describa una experiencia personal que haya tenido con algún grupo de Población especial? Hasta el momento no he tenido ninguna experiencia ANGELA 7. Recuerda cuales fueron los documentos solicitados en su última atención en salud, enumérelos. RTA/ * carné de Eps del régimen subsidiado * documento de identificación código de historia clínica 8. Describa su última atención en salud. ( que profesional lo atendió , en qué semicio en que IPS) describa como fue esa Odontólogo * Odontología * IPS centro de salud laureles. ‘k Mi consulta fue con un odontólogo, el reviso mi historia clínica para poder saber que procedimientos seguir, hizo un control y determino que una muela. l doctor de acuerdo a su diagnóstico para la continuación de su atención? * Formato para solicitud de próxima cita Formula medica * Carné de control 5. ¿Usted o un miembro de su familia ha sido remitido en algún momento para ser atendido en otra institución diferente a la que lo atendió primero? Describa brevemente como fue. * Sí, mi hermana en consulta de medicina general le detectaron n problema visual el cual fue remitido a un profesional de oftalmología el cual diagnostico terigio en el ojo izquierdo por lo cual ordeno una operación ambulatoria.
La verdad no he tenido ninguna experiencia con personas de población especial II. CONCEPTUALIZACION/ HILOS CONDUCTORES (GRUPAL) Teniendo en cuenta la bibliografía referida y la que IJsted considere necesaria para profundizar, realice las siguientes acciones: Acción interpretativa: 1. Realice un cuadro comparativo entre la resolución 812 de 2007 y la resolución 1982 del año 2010 teniendo en cuenta los siguientes aspectos: a. Considerando nformación. l. Actuaciones frente al incumplimiento de los plazos, términos y condiciones de la presente resolución. m.
Soporte para el giro de recursos. n. Especificaciones técnicas. RESOLUCION 812 DE 2007 | RESOLUCION 1982 DE 2010 | * Artículo 173 de la ley 100 de 1 993, es función del hoy Ministerio de la Protección Social reglamentar «… la recolección, transferencia y difusión de la información * Conforme al numeral 10 del articulo 20 del Decreto Ley 205 de 2003, le corresponde definir y regular el Sistema de Información del Sector que comprende, entre otros el Sistema de Seguridad Sociallntegral, sí como los mecanismos para la recolección, tratamiento, análisis y utilización de la información. k Articulo 42 de la Ley 71 5 de 2001 establece como competencias en salud porparte de la Nación, la dirección del sector salud y del Sistema General de SeguridadSocial en Salud en el territorio nacional * Artículo 50 del Decreto Ley 1281 de 2002 establece que quienes administren recursos del sector salud y quienes manejen información sobre la población, incluyendo los regímenes especiales o de excepción del Sistema General de Seguridad Social en Salud Ministerio de a Protección Social, correspondiéndole definir lascaracterísticas del Sistema de Información necesarias para el adecuado control y gestiónde los recursos del sector salud. Artículo 60 del Decreto Ley 1281 de 2002 establece que todas aquellas entidadesque manejen información que resulte útil para evitar pagos indebidos con recursos del sector salud, deberán suministrar lainformacióncon el objeto decontar con información consolidada de la población cubierta por los diferentes regímenespara soportar la definición de politicas de ampliación de los diferentes regímenespara soportar la definición de políticas e ampliación de cobertura, control de laMultiafiliaclón, seguimiento a los traslados entre administradoras y regímenes, y optimización en la asignación de los recursos financieros. para la conformación de la base de datos única de afiliados es indispensable su correcta, oportuna y completa identificación y registro. * mediante la Resolución No. 1149 de 2006, el Ministerio estableció los requerimientosmínimos de información sobre la afiliación al S. G. S. S.
S, a los regímenes exceptuados del mismo y a planes adicionales de salud que losobligados a aplicarla deben generar, mantener, actualizar y reportar para efectos e la dirección, operación, seguimiento, vigilancia y control del Sistema General de SeguridadSoclal en Salud y de sus recursos y de determinar la responsabilidad, flujo y periodicidad en la actualización y reporte de la información. * Decreto 2280 de 2004, por el cual se reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la Subcuenta de Compensación interna del Régimen Contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, dispuso en su artículo 80 que no sepodrá compensar sobre afiliados que no se encuentren registrados en la base única * el giro de los recursos del Régimen Subsidiado e afiliados. en Salud sehará a partir de la información que para este régimen repose en la Base de Datos Unicade Afiliados (BDUA), según lo establecido por el Decreto 050 de 2003, modificado por elDecreto 3260 de 2004Y desarrollado por la Resolución 5078 de 2006. Hace necesario definir las estructuras de datos que permitan la consolidación de (BDUA), con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto 2280 de 2004 y garantizar s OF el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto 2280 de 2004 y garantizar la calidad y oportunidad de la nformación de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. * El articulo 6 del decreto ley 1281 de 2002 establece que la registradora nacional del estado civil, las cámaras de comercio, las entidades que administran regímenes especiales de la ley 100 del 1993 y todas aquellas instituciones que manejan información útil para evitar pagos indebidos con los recursos del sector salud. * Que resulta vital para el control del sistema general de seguridad social en salud y de su financiación, la estandarización de la información de afiliados en las diferentes ntidades que lo conforman, incluyéndolos regímenes especiales del sistema. para la conformacion de la base de datos única de afiliados es indispensable definir las estructuras de datos que permitan la correcta, oportuna y completa identificación de los afiliados y su registro * El decreto 2280 de 2004por el cual se reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del fondo de solidaridad y garantía FOSYGA dispuso en su articulo 8que no se podrá compensar sobre afiliado que no se encuentre registrado en la base de datos única de afiliados. El articulo 3 de la ley 1255 de 2008establece que la fuente de información es la responsable por la calidad de los datos de los titulares de la información y se sujeta al cumplimiento de los deberesy responsabilidades previstos en la misma. Que dada la dinámica del sistema general de seguridad social en salud, los avances tecnológicos que influyen en sus sistemas de información y la necesidad de mejoramiento en lo 6 OF avances tecnológicos que influyen en sus sistemas de información y la necesidad de mejoramiento en los tiempos de respuesta.
I b) OBJETO: establece los requerimientos mínimosde nformación sobre la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a los regímenes especiales y exceptuados del mismo y a planes adicionales de salud. 2. OBJETO Establece los requerimientos mínimos de información sobre la afiliación al sistema de seguridad social en salud, a los reg[menes especiales del mismo, Entidades de medicina prepagada y planes adicionales de salud. c) CAMPO DE APLICACIÓN. La presente Resolución aplica a las Entidades promotoras de Salud (EPS), y demás Entidades obligadas a compensar (EOC), a las Entidades de Medicina prepagada y a quienes administren pólizas o seguros de salud I .
CAMPO DE APLICACIÓN Aplica en las Entidades promotoras de Salud EPS y demás Entidades Obligadas a Compensar EOC las entidades de medicina prepagada y quienes administren pólizas o seguros de salud, las entidades promotoras de salud del régimen subsidiado. El sistema de salud de las fuerzas armadas se encuentran exceptuado de la remisión de la información de que trata la presente resolución d) DISPOSICION, MANTENIMIENTO, SOPORTE Y REPORTE DEINFORMACIÓN Los obligados a mantener y reportar información relacionados en el artículo anterior deberán mantener una base de datos de afiliados o asegurados, ebidamente actualizada con la información generada desde el momento de la afiliación 0Celebracion o prórroga de un plan adicional de salud.
Los documentos fuente que soportan la información del afiliado o asegurado deberán mantenerse a disposición de los organismos de dirección, vlgilancia y control, del Ministerio de la Protec disposición de los organismos de dirección, vigilancia y control, del Ministerio de la Protección Social y del Administrador Fiduciario del FOSYGA debidamente clasificados y organizados I 4. DISPOSICION, MANTENIMIENTO, SOPORTE Y REPORTE DE INFORMACION Los obligados a mantener y reportar la nformación deberán mantener y reportar información deberán debidamente actualizada con la información generada desde el momento de la afiliación o celebración o prorroga de un plan adicional de salud. La información de la afiliación y de los documentos fuente que soportan kla información del afiliado o asegurado deberá mantenerse a disposición de los organismos de dirección, vigilancia y control del ministerio de protecclón social. ) CONFORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA BASE DE DATOSÚNICA DE AFILIADOS (BDUA) El administrador Fiduciario del FOSYGA recibirá la información, consolidará y administrará a Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y al sector salud. El Administrador Fiduciario del FOSYGA recibirá un archivo Maestro de Ingresos y unarchivo de novedades de actualización por cada Entidad, en la estructura definida en el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente Resolución, de acuerdo con el calendario que establezca y en los horarios con él acordados y los validará, teniendo encuenta el siguiente orden: primero los archivos recibidos por Novedades de actualización y segundo los archivos Maestro de Ingresos.
El Administrador Fiduciario del FOSYGA validará la información entregada por lasentidades obligadas a reportar y procederá a enviar los resultados a todas las entidadesde la siguiente manera:En el régimen contribut procederá a enviar los resultados a todas las entidadesde la siguiente manera:En el régimen contributivo, el noveno (9) día hábil de cada mesEn el régimen subsidiado, el noveno (9) día hábil de cada mesEn los regímenes especiales y de excepción, y para las entidades administradoras de planes adicionales de salud, el noveno (9) día hábil del mes en que reportó la información Conformación y actualización de la base de datos única de afiliados (BDIJA) El administrador fiduciario del FOSYGA recibirá la información, consolidara y administrara la base de datos única de afiliados al sistema general de seguridad social en salud y al sector salud incluyendo la información de los regímenes exceptuados de este.
El administrador fiduciario del FOSYGA recibirá un archivo de ingresos y/o novedades de actualización por cada EPS, en la estructura definida en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución y de acuerdo con el calendario establecido y en los horarios con él acordados. Para el régimen subsidiado se dispondrá copia de los resultados de cada proceso en el FTP asignados por el administrador del FOSYGA a los departamentos, al distrito capital, a los municipios y a las entidades promotoras de salud del régimen subsidiado EPS-S que reportaron novedades. El administrador fiduciario del FOSYGA entregara al ministerio de protección social copia de los resultados de todos los procesos de validación de los archivos de ingresos y/o actualización y de traslados presentados por las entidades. f) RESPONSABILIDADES EN EL CRUCE DE BASES DE DATOSIas EPS, EOC y Entidades Promotoras de Salud del Régimen
Subsidiado, para el control de la multiafiliación dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberán efect la multiafiliación dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberán efectuar cruces y validaciones entre los afiliadoslncluidos en su base de datos. 6. RESPONSABILIDAD EN EL CRUCE DE BASES DE DATOS sin perjujci0 de los establecido en el articulo 49 del decreto 806 de 1998 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan las entidades obligadas a reportarla información de la afiliación para el control de la multiafiliacion dentro del SGSSS deberán efectuar cruces que onsideren pertinentes a fin de garantizar afiliados únicos en sus bases de datos igualmente efectuaran cruces y validaciones entre sus bases de datos y la información consolidada entregada por El administrador fiduciario del FOSYGA con el objeto de remitir la información depurada. ) VALIDACION DE LA INFORMACION: El Administrador Fiduciario del FOSYGA verificará la estructura y consistencia de los archivos entregados por los obligados, actualizará la base de datos de afiliados con los registros sin errores y generará los archivos de registros inconsistentes incluyendo los multipresentados a BDUAI 7. VALIDACION DE LA INFORMACION Las entidades promotoras de salud EPS, y demás entidades obligadas a compensar EOC, las entidades de medicina prepagada y quienes administren pólizas o seguros de salud, las entidades promotoras de salud del régimen subsidiado EPS-S, el distrito capital, los departamentos con corregimientos departamentales y los municipios tienen la responsabilidad por la calidad de los datos de los afiliados a salud, por lo que deberán aplicar los principios administrativos de datos consagrados en el articulo 4 de la ley 1266 de 2008 h) IDENTIFICACIÓN DE LOS AFILIADOS. La identificación de los afiliados presentados a