APLICACIÓN EN GUATEMALA DE NIIF para pymeS en cooperativa

APLICACION EN GUATEMALA DE NIIF PARA PYMES El 29 de junio de 2010, en Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala, se resolvió adoptar la «NIIF para las PYMES» como parte de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a que hace referencia el Código de Comercio de Guatemala. Dicha normativa deberá aplicarse de forma obligatoria a partir del 1 de enero de 2011, se permite su aplicación anticipada.

El IASB desarrolló y publicó una norma separada de las NIIF para la preparación de los estados financieros con propósito de nformación general y otros tipos de información financiera de entidades que en muchos países son conocidas por diferentes nombres como: pequeñas y medianas entidades (PYMES), entidades privadas y entidades sin obligación pública de rendir cuentas. Esta norma es la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES).

De conformidad con la Sección I de la NIIF para las PYMES – «Descripción de las pequeñas y medianas entidades»: éstas son aquellas entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas y que publican estados financieros con propósito de nformación general para usuarios externos, por ejemplo los propietarios que no están implicados en la g to page gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia.

Una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercado público o bien, si se está en proceso de emitir estos instrumentos para negociarse en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores, Incluyendo mercados locales o regionales). ASÍ mismo, una entidad está obligada a rendir cuentas públicamente cuando una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros.

Este suele ser el caso de los bancos, las cooperativas de crédito, las compañías de seguros, los intermediarios de bolsa, los fondos de inversión y los bancos de inversión. Adopcion de las NIIFs para pymes El 13 de julio de 2010 salió publicada en el Diario Oficial La resolución de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala donde se adopta la Norma

Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) Esta norma entra en vigor el 01 de enero de 2011 SECCION 1 medianas entidades son entidades que: (a) No tienen obligación pública de rendir cuentas, y (b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no estan implicados en la gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia. na entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si: a) Sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercado público o están en proceso de emitir estos instrumentos para negociarse en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores, incluyendo mercados locales o regionales), o (b) una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros.

Este compañías de seguros, los Intermediarios de bolsa, los fondos de 1. 4 Es posible que algunas entidades mantengan activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros porque antienen y gestionan recursos financieros que les han confiado clientes o miembros que no están implicados en la gestión de la entidad.

Sin embargo, si lo hacen por motivos secundarios a la actividad principal (como podría ser el caso, por 3 si lo hacen por motivos secundarios a la actividad principal (como podría ser el caso, por ejemplo, de las agencias de viajes o inmobiliarias, los colegios, las organizaciones no lucrativas, las cooperativas que requieran el pago de un depósito nominal para la afiliación y los vendedores que reciban el pago con anterioridad a la entrega de artículos o servicios como las compañías que restan servicios públicos), esto no las convierte en entidades con obligación pública de rendir cuentas. . 5 Si una entidad que tiene obligación pública de rendir cuentas utiliza esta NIIF, sus estados financieros no se describirán como en conformidad con la NIIF para las PYMES, aunque la legislación o regulación de la jurisdicción permita o requiera que esta NIIF se utilice por entidades con obligación pública de rendir cuentas. SECCION 22 PASIVOS Y PATRIMONIOS CLASIFICACION DE UN INSTRUMENTO COMO PASIVO O PATRIMONIO El Captal cooperativo: NIIF para PYMES 4DF’ 22. 6 Las aportaciones de s dades cooperativas e