DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN

junio 12, 2018 Desactivado Por admin

DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA NOMBRES: PAULINA CHAVEZ Y CARLA MORETA CURSO: 3ERO «C» CAPITULO III. Énfasis en la atención especializada y prioritaria en el ámbito público y privado. a PERSONAS EN RIESGO: víctima de cualquier tipo de violencia y desastres naturales. a PERSONAS EN DOBLE VULNERABILIDAD: Discapacidad y edad adulta OF2 En ambos aspectos Es acogimiento y la equi rac sociedad como en el GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA Adultos mayores icas de prevención, es dentro de la a Se consideran personas adultas mayores a quienes hayan cumplido o superen los 65 años de edad.

El Estado garantizará (Art. 38) a las personas Discapacidad y vulnerabilidad adultas mayores los siguientes derechos: 1. La atención gratuita v esoeciali ada de salud. así espectáculos; gozarán asimismo de exenciones en el régimen tributario. 5. Exoneración del pago por costos notariales y registrales de acuerdo con la ley 6. .EI acceso a una vivienda que asegure una vida digna, respetando su opinión y consentimiento. Tomado de: Fernando Oña Pardo http://www. voltairenet. org/articlel 57889 TODOS SOMOS IGUALES, PERO DEBEMOS VELAR POR BIENESTAR DE LOS GRUPOS MÁS INDEFENSOS CONSTITUCIÓN ECUATORIANA Art. 35

Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad. EN EL ECUADOR 2 2 Contamos con la DPE (Def ueblo del Ecuador) se