Estructura poder ejecutivo
Estructura poder ejecutivo INTRODUCCIÓN estadal, municipal. En ellas existen a su judicial, electoral y nudadano, Rr. hh INTRaouCClbN Los pl y estrategias d angular para el desarrolla competltlvc de el punto de partida y expresan los objetiv Resumen de IOS 3075 y 60 de p 1 1″.
Investigar sobre: a pastelerías e Identifique el tlpo de maquir pastelería Ryanair analisis y estrategias de la DESCRIPCION Dt LA EMPRESA Razón so («limited similar a s A) Edad de 1 985 10 tanto es una empresa joven, y Plumones universidad autónoma de Querétaro ESC, Plantel norte Trabaja de investigación de a. Arturo Arreola Grupo 8 semestre 5 Clnfc Ingles apuntes Inglés I Español I I Fuente talsefriends,html ‘abstract I resumen ly (y no actual, que se dice current) La pirateria en españa LA PIRATERIA ÍNDICE 1. ?Qué es la pirateríi de la piratería 4. Crecimiento de la pirater Tipos de pirateria de las organizaciones Organigrama Dirección de hospital genere administrativa Recursos humanos nn Estructura poder ej 3 TorrealbaAna ‘IOR6pR 16, 2011 I [J Venezuela cuenta con distinto estadal, municipal. En ellos exist poderes ejecutivo, legislativo, jud cuanto al poder ejecutivo abarc de acuerdo al nacional está conf e la República, Vice-presidente ( Procuraduría General de la Repú por el (a) Gobernador del Estado, poder ejecutivo municipal, cubre municipales.
Asimismo, con respecto al Po principal exponente o re resent Justicia en sus distint consagrado en la Co Venezuela, en distint PODER EJECUTIVO rtí En nuestro país está represe Poder Ejecutivo Nacional Estadal Preside vice_pre Consejo Procura Gobern Director Secretarí Alcalde ( Presidente (a) de la República El (la) Presidente (a) de la República es el máximo órgano del poder Ejecutivo y cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, primer representante al exterior y Jefe de la Administración Pública Nacional.
Es elegido a su cargo por un período de 6 años; aparte, puede ser reelecto de manera continua para periodos adicionales, en elecciones generales, universales, secretas y directas. Los requisitos para ser Presidente (a) son los siguientes: * Se requiere ser venezolano por nacimiento, sin otra nacionalidad. * Ser mayor de 30 años ‘k Ser de estado seglar (no ser Ministro, Pastor, entre otros de ninguna religión). * No haber sido condenado por un juzgado venezolano.
Obtener el determinado número de firmas exigidas por el Consejo Nacional Electoral Atribuciones o Funciones del Presidente (a) de la República Cumplir y hacer cumplir la legislación de Venezuela * Nombrar y destituir el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, nombrar y destituir los Ministros o Ministras * Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales * Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente.
Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos ‘k Administrar la Hacienda Pública Nacional * Nombrar y destituir aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designa en la legislación 0 * Convocar v presidir el fensa de designación le atribuyen la legislación * Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación * El (la) Presidente (a) de la República deberá rendir cuentas ante la Asamblea Nacional una vez al año, asi como presentar los resultados de gestión y la contabilidad pública.
Las demás que le señalen la Constitución y la ley. Vicepresidente (a) de la República Órgano de Estado, nombrado por el (la) Presidente (a) del República. Entre sus principales atribuciones está la de colaborar con el (la) Presidente (a) en actos de importancia para el país, asumir el cargo de presidente de la República en casos previstos por la ley, cuando sea necesario. Es además el órgano que preside el Consejo de Estado Es importante destacar que el cargo de Vicepresidente de la República es de libre nombramiento y remoción por parte del (a) Presidente (a) de la República.
Consejo de Ministros (as) Los Ministros o Ministras son órganos directos del presidente Presidenta de la República, y reunidos conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, integran el Consejo de Ministros. Los Ministros de Estado son nombrados por el (la) Presidente (a) de la República y entre sus atribuciones se encuentran la de asesorar al Presidente (a) de la República y al Vicepresidente (a) Ejecutivo (a) en los asuntos que les sean asignados.
Además de esto deben rendir cuentas a la Asamblea Nacional de forma Procuraduría General de la República La Procuraduría Genera lica asesora, defiende 30F 10 y representa iudicial y extr los intereses intereses patrimoniales de la República y será consultada para la aprobación de los contratos de Interés público nacional. Está a cargo del (la) Procurador(a) General de la República, nombrado y ratificado por la Asamblea Nacional.
Asiste y forma parte del Consejo de Ministros, tiene voz pero no voto. Consejo de Estado El Consejo de Estado es el órgano superior de consulta del Gobierno y la Administracion Pública Nacional. Será de su competencia recomendar políticas de interés nacional en aquellos asuntos a los que el Presidente o Presidenta de la República econozca de espacial trascendencia y requiera su opinión Presidido por el (la) Vicepresidente (a) Ejecutivo (a).
PODER EJECUTIVO ESTADAL El Poder Ejecutivo Estadal lo ejerce el Gobernador de Estado, éste debe ser mayor de veinticinco (25) años de edad y tener cinco (5) años de residencia ininterrumpida en el Estado. Podrá ser elegido para un período gubernamental de cuatro (4) años y reelegido de inmediato. Deberá rendlr cuenta de su gestión anualmente ante el Contralor del Estado, la Comisión Legis ativa, el Consejo de Planificación y la Coordinación de Polticas Públicas. PODER EJECUTIVO MUNICIPAL
Es desarrollada por el (la) Alcalde (sa), y es a quien corresponde el gobierno y la administracion, es la primera autoridad civil y poltica en el Municpio, jefe del ejecutivo municipal, primera autoridad de la policía municipal y representante legal del ente municipal. Tiene carácter de funcionario público. Entre las funciones que corresponden al Alcalde (sa) del Municipio se tienen: 10 1. Dirigir el gobierno V la n municipal, y ejercer la administración municipal, y ejercer la representación del Municipio. 2.
Dirigir e inspeccionar los servicios y obras municipales. 3. Dictar reglamentos, decretos y resoluciones. 4. Suscribir los contratos que celebre el Municipio, y disponer gastos y ordenar pagos. 5. Nombrar y remover el personal de la Administración municipal, con la excepción del personal asignado a la Cámara, a la Secretaría y a la Sindicatura. 6. Presentar al Concejo, proyectos de Ordenanzas aprobadas por el Concejo a pedir su reconsideración en las formas y dentro de los términos establecidos en la Ley Orgánica.
ASAMBLEA DE CIUDADANOS Y CIUDADANAS Es la instancia primaria para el ejercicio del Poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el Consejo Comunal respectivo áxima instancia de decision del Consejo Comunal, integrada por las y los habitantes de la comunidad mayores de 15 años». Atribuciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas 1 Definir y aprobar mecanismos de funcionamiento del Consejo Comunitario. 2. Aportar decisiones esenciales de la comunidad. 3. Elegir y revocar voceros y voceras del órgano Ejecutivo. . Elegir la comisión Electoral 5. Elegir y revocar a los integrantes de la unidad de Contraloría Social 5. Elegir a la Comisión promotora. TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA (TSJ) Es el máximo órgano del sistema judicial de Venezuela. Como al, El Tribunal Supremo es Poder Judicial de la República Bolivariana de V la Constitución de Venezuela, mantener el equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta. or lo anterior, y al tratarse del principal y más alto tribunal de naturaleza constitucional, no existe órgano ni autoridad que se encuentre por sobre ella o recurso judicial que pueda interponerse en contra de sus decisiones. Asimismo, el Tribunal Supremo de Justicia es el máximo epresentante y exponente del Poder Judicial. Tiene como función primordial controlar, de acuerdo con la Constitución y con las leyes, la constitucionalidad y legalidad de los actos del Poder público.
Como máxmo exponente del poder Judicial, conforme a lo establecido en el artículo 254 de la Constitución Bolivariana, goza de autonomía funcional, financiera y administrativa. Se encuentra conformado, tal como lo dispone el artículo 262 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por las siguientes salas: * Sala Constitucional. * Sala Político-administrativa * Sala Electoral Sala Social. Le corresponde lo referente a la casación agraria, laboral y de menores, actualmente niños y adolescentes. ‘k Sala de Casación Penal * Sala de Casación Civil.
Cada una de las salas se encuentra conformada por cinco magistrados, a excepción de la Constitucional, que está conformada por siete magistrados. De conformidad con lo establecido en el artículo 3ro de la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la Sala Plena es el órgano dlrectivo del más alto tribunal, y tendrá una junta directiva integrada por un presidente, un primer vicepresidente, un s 60F 10 ribunal, y tendrá una junta directiva integrada por un presidente, un primer vicepresidente, un segundo vicepresidente y tres directores.
El Tribunal Supremo, en pleno, por aplicación del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, tiene un presidente, un primer y un segundo vicepresidente, quienes presidirán respectivamente las salas y en ningún caso podrán ser miembros de la misma sala. Por su parte, cada sala tiene un presidente y un vicepresidente. Para ser magistrado, tal como lo dispone el artículo 263 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se requiere umplir con los siguientes requisitos: Tener nacionalldad venezolana por nacimiento. * Ser ciudadano o ciudadana de reconocida honorabilidad. k Ser jurista de reconocida competencia, gozar de buena reputación, haber ejercido la abogacía durante un mínimo de 15 años y tener título universitario de postgrado en materia jurídica; o haber sido profesor universitario o profesora universitaria en ciencia jurídica durante un mínimo de 15 años y tener la categoría de profesor o profesora titular; o ser o haber sido juez o jueza superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la cual e postula, con un minmo de quince años en el ejercicio de la carrera judicial, y reconocido prestigio en el desempeño de sus funciones. Cualquier otro que pueda establecerse en la ley. El período de ejercicio de la magistratura, tal como lo dispone el artículo 264 de la Constitución, será único por 12 años. Los magistrados pueden ser removidos por la Asamblea Nacional mediante una mayoría calificada de dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia concedida al interesado, en caso calificada de dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia concedida al interesado, en caso de faltas graves a calificadas por el Poder Ciudadano, en los términos que establezca la ley.
Las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia son las establecidas en el artículo 266 de la Constitución de la República. Con la entrada en vigencia de la Constitución, se creó la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como máximo representante de la Jurisdicción Constitucional. Conforme a lo establecido en el articulo 334 de la nueva ley fundamental, se encarga de forma exclusiva de declarar la nulidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público, dictado n ejecución directa e Inmediata de la Constituclón o que tengan rango de ley. Sala Constitucional.
Sala Penal I Sala Político – Administrativa. Sala Electoral. Sala de Casación Civil. Sala de Casación Social. I Sala de Casación Penal. I Cada Sala cuenta con los Suplentes y Conjueces; con un Secretario y un Alguacil; y, un Juzgado de Sustanciación, cuya función es desempeñada por el Presidente y el Secretario de la Sala. Sin embargo, la Sala Político-Administrativa tiene un Juzgado de Sustanciación Autónomo, el cual está constituido por personas distintas al Presidente y al Secretario de la Sala, en virtud de a asunción a plenitud de las atribuciones constitucionales los juicios que en dicha Sala se ventilan.
La Sala Plena podrá crear e instalar Salas Especiales para las Salas que componen el Tribunal, cuando la Sala respectiva lo solicite, y cuando se acumulen por materia cien (100) causas para ser decididas. Las Sala y cuando se acumulen por materia cien (100) causas para ser decididas. Las Salas Especiales funcionarán hasta que la última de las causas sea decidida. Estarán conformadas por una Magistrada o Magistrado de la Sala respectiva y por dos (2) Magistradas o Magistrados Accidentales, que serán designados por la Sala Plena, con el voto conforme de sus dos terceras (2/3) partes.
Las Magistradas o Magistrados Accidentales deberán reunir los mismos requisitos que se exigen para los titulares. El quórum, requerido para deliberar en Sala Plena y en cada una de las otras Salas, es mayoría simple de las Magistradas o Magistrados que respectivamente la componen. Para que sean validas las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena o en cualquiera de sus Salas, se requiere el voto favorable de la mayoría simple de sus miembros. I SALA CONSTITUCIONAL
La Sala Constitucional garantizará la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, siendo el máximo y último intérprete de la Constitución, y velando por su uniforme interpretación y aplicación. Conforme al artículo 335 de la Constitución, las interpretaciones que establezca la sala sobre el contenido o alcance de las normas y principios constitucionales, son de carácter vinculante, tanto para las otras salas del Tribunal Supremo de Justicia, como para los demás tribunales de la República.
El Tribunal Supremo de Justicia está compuesto y funcionará n Sala Constitucional, Politico-Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Penal y de Casación Social, así como por la Sala Plena que estará integrada por los Magistrados o Magistradas de todas las Salas señaladas. CONCLUSION El poder ejecutivo representa un o Magistradas de todas las Salas señaladas. El poder ejecutlvo representa una de las facultades y funciones primordiales del Estado (junto con los demás poderes), consistente en hacer cumplir las leyes y que suele ejercer el gobierno o el propio jefe del Estado.
En Venezuela a nivel nacional, es ejercido por el Presidente a) de la República, como primera autoridad, acompañado del Vice-Presidente (a), Consejo de Ministros y el (la) Procurador (a) General de la República, sin embargo a nivel estadal es ejercido por el Gobernador (a), sus distintos secretarios, a nivel municipal por el Alcalde, como primera autoridad del Municipio. En estas tres (3) instancias citadas tanto el Presidente (a), el Gobernador (a) y el (la) Alcalde (sa), representan la primera autoridad en su territorio, en cuanto que deben hacer cumplir las leyes.
Adicionalmente, se tiene que en nuestro país al existir separación de poderes, como estado democrático cuenta ambién con otros poderes que tienen autonomía tal es el caso del Tribunal Supremo de Justicia, principal representante del Poder Judicial a nivel nacional, es el representante y garante del respeto de las normas constitucionales, hacer valer la justicia en el territorio, cuenta con distintas salas, de acuerdo a las áreas en que se desarrolle.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Garay, Juan. 2006, edi. Corporaciones AGR, S. C Caracas, Venezuela. Diccionario Enciclopédico Norma (2000). Poderes Públicos en Venezuela ANA T. TORREALBA