Presupuesto Poder Judicial en La Pampa

junio 27, 2018 Desactivado Por admin

PRESUPUESTO DEL PODERJUDICIAL EN LA PROVINCIA DE LA PAMPA I CPN Yamila Ethel Magiorano Resumen El tema abordado en este articulo corresponde al proyecto «Génesis y transformación del Poder Judicial de La Pampa: reconstrucción histórica a través de un relevamiento documental y testimonial», acreditado en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa en el ano 2013. El objetivo del prese características del pr en especial el que co uso y funcionamient 8 p y analizar las ial, para conocer su el marco del contexto institucional pampeano.

Busca poner de anifiesto las instancias que permiten al ciudadano tener un papel más activo y responsable en la organización pública. Se efectúa un análisis descriptivo e interpretativo del presupuesto, la cuenta de inversión, y su articulación con la normativa aplicable. Los aspectos desarrollados comprenden el proceso de elaboración del presupuesto en la provincia de La Pampa con indicación de los actores intervinientes, la clasificación del gasto del poder judicial y la información pública del personal judicial.

Asimismo se invita a la reflexión sobre la necesidad de K0MaHAa I ecwposawe OKHO Cnpa3Ka istorical reconstruction from documents and testimonies», passed at the Faculty of Economics and Law of the National University of La Pampa in the year 2013. The aim of the text is to consider and to analyze the characteristics of the budget, specially the one ofthe Judicial Power, in order to get to know its use and functioning in the institutional provincial context.

In addition, we pretend to describe the proceeding stages that allow to the citizen a more active and responsible role in the public organization. We make a descriptive and interpretative analysls of the budget, the investments accounts nd their articulation with the legal regulations. These aspects imply the processes of the budget’s elaboration with the indication of the involved actors; the public spending’s classification of the judicial power and the public information of the judicial staff.

Finally, an invitation to reflect about the need of transparence and modernization of the economic resources estimation of the judicial power is made due to the fact that its legal regulation is more than fifey years old. Key Words: budget — judicial power – La Pampa Clasificación JEL: H7 – ISSN 2314 – 3738 1 pecha de recibido: Noviembre 2013 1 Fecha de aprobado: Junio 2014 Contadora Pública Nacional Facultad de Ciencias Económicas y Juridicas de la Universidad Nacional de La Pampa 28 ANO 2 – NRO. – ENERO / histórica a través de un relevamiento documental y testimonial», acreditado en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa. El estudio del Presupuesto Público y la Justicia en la provincia de La Pampa, constituye un área de investigación no desarrollada aun en la Provincia de La Pampa en lo relativo al campo de las Ciencias Económicas, por lo que epresenta un área de vacancia con implicancia directa sobre los estudios -tanto en las carreras de grado como de posgrado de nuestra casa de estudios- que abordan.

Tal como lo propone el autor cordobés Las Heras (2010: 129), al inicio de su capítulo sobre presupuesto, es interesante recordar las palabras del gran polltico argentino Juan Bautista Alberdi: No hay barómetro más exacto para medir el grado de sensatez y civilización de cada pais que su ley de presupuesto.

La ley de gastos (si habla de verdad) nos dice a punto fijo si el país se halla en manos explotadores o está regido por hombres e honor; si marcha a la barbarie2 0 camina a su engrandecimiento; si sabe dónde está y adónde va, o se encuentra a ciegas sobre su destino y posición. Pese a la distancia temporal e ideológica que separa el momento actual del contexto de Alberdi, evidente en el uso de los conceptos de ‘civilización’, ‘honor’ y ‘barbarie’ , la referencia resulta válida en tanto y en cuanto declara como ley fundamental la de presupuesto.

El Presupuesto del Poder J representa entre un 3 y un del gasto presupuestaria del Poder Judicial es la menos accesible para el ciudadano entre los tres poderes de la provincia, a que en su página Web lo único que se puede encontrar son los llamados a licitaciones públicas pero se carece de otras informaciones, tales como el presupuesto aprobado, régimen de contrataciones, licitaciones privadas, ejecución presupuestaria, escalas salariales, etc.

A nivel Nacional se encuentra estipulado, por el artículo 2 de la Ley NO 23853 de Autarquía Judicial, que el Poder Judicial recibe el 3,5 % de los ingresos del Tesoro Nacional y los gastos destinados a recursos humanos rondaron el 90 % de acuerdo a un estudio del Banco Mundial (2002). Es decir que los guarismos provinciales on muy similares a lo que ocurre en Nación.

Desarrollo El presupuesto, según Dromi (1997) en su acepción como instrumento del poder político, se fundamenta en: a) La legalidad, es decir en la sujeción del ejercicio del poder a la Constitución y otras normas dictadas en su consecuencia; b) La publicidad, o sea dar a conocer los actos de gobierno procurando garantizar la transparencia de la gestión gubernamental y del control; c) La razonabilidad en la elección de las alternativas con el propósito de cumplir con el interés público comprometido; d) El control, donde es imprescindible la iscalización del legislador, y e) La responsabilidad de los agentes y funcionarios involucrados Clón, 4 28 ejecución y rendición. inc. 3) como una atribución del Poder Legislativo «fijar anualmente, a propuesta del Poder Ejecutivo, el presupuesto general de gastos, en el que deberán figurar todos los servicios ordinarios y extraordinarios de la Administración provincial, aun cuando hayan El presente trabajo se enmarca en el proyecto de investigación «Génesis y transformación del Poder Judicial de La Pampa: reconstrucción histórica a través de un relevamiento documental testimonial», acreditado en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa mediante Resolución NO 084/13 del Consejo Directivo. 2 Se remite a Svampa (1994), para un examen de las circunstancias y transformaciones que la dicotomía sarmientina ha experimentado en el devenir histórico argentino y los conflictos que dificultaron la consolidación de una tradición democrática en el país. Explayarse en eso aquí excedería los objetivos del trabajo. 40 PRESUPUESTO DEL PODERJUDICIAL EN LA PROVINCIA DE LA PAMPA sido autorizados por leyes especiales, que se endrán por derogadas SI no se consignan en dicho presupuesto las partidas correspondientes a su ejecución. En ningún caso la Cámara podrá votar aumentos de gastos que excedan el cálculo de recursos.

Si el Poder Ejecutivo no remitiere el proyecto de presupuesto antes del 30 de septiembre, la Cámara po Iscuslón S 8 tomando por base el que iO. Si provincial y tiene las siguientes atribuciones… 6) presentar a la Cámara de Diputados3 antes del treinta de septiembre de cada año, el proyecto de presupuesto para el ejercicio siguiente y la cuenta de inversión del ejercicio anterior. A su vez en la Constitución está contemplada la posibilidad de que el Poder Ejecutivo no remita el proyecto de presupuesto antes del 30 de septiembre, en cuyo caso la Cámara de Diputados puede iniciar su discusión tomando por base el que se hallare vigente.

Si no fuera sancionado ninguno, se considera prorrogado el que se encuentra vigente y se le efectúan las reestructuras presupuestarias que por ley NO 1388 se le permiten. Asimismo la Constitución Provincial señala dentro de las atribuciones y deberes del Superior Tribunal de Justicia en el articulo 97, inc. 5) la obligación de «preparar anualmente u presupuesto de gastos e inversiones para su consideración por la Cámara de Diputados, informando al Poder Ejecutivo». En la provincia de La Pampa existe un régimen jur[dico básico para el presupuesto y la cuenta de inversión, basado en una uniformidad normativa a través de la ley Na 3 denominada Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorer[a General de la Provincia, se complementa con la Ley Na 1388.

La ley regula, entre otros asuntos, las disposiciones generales del presupuesto, el ejercicio financiero, la contabilidad general, la cuenta de inversión, a organización de la Contaduría General, de la Tesorería General y de los de las 6 28 cuentas. «El presupuesto de la Provincia comprende la totalidad de los recursos y gastos ordinarios, extraordinarios y especiales de la administración general, de las administraciones de las entidades descentralizadas y de las empresas que administren un capital de la Provincia. El año financiero comenzará el 10 de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año. » En otro capítulo la ley provincial también indica pautas para la confección de la cuenta de inversión, a través del artículo 41 «La Contaduría

General cerrará sus libros en la fecha indicada en el artículo anterior y preparará la cuenta de inversión conteniendo: a) los recursos calculados, por cada concepto y lo que se hubiese recaudado; b) lo autorizado por cada crédito del Presupuesto y sus modificaciones, lo comprometido con cargo a los mismos (Imputación definitiva) y lo incluido en orden de pago; c) el saldo de deuda flotante del ejercicio a que se refiere el articulo 40, discriminado en grandes rubros; d) el saldo de deuda flotante correspondiente a ejercicios anteriores, discriminado en grandes rubros; e) el resultado financiero y económico de la jecución presupuestaria; f) un analisis técnico sobre la ejecución presupuestaria y cuadros comparativos de la evolución sufrida en los últimos años en los grandes rubros y resultados; g) las existencias de fondos en Tesorería General y entes descentralizados; y h) un informe sintético sobre las variaciones patrimoniales producidas durante el ejercicio como resultado de la ejecución del presupuesto general y por otras causas. La Contadurí la 7 28 Provincia dictará las norm ara la Provincia dictará las normas y modelo para la preparación de la Cuenta de inversión. » Por último el artículo 42 indica que «La Cuenta de inversión del ejercicio será remitida El Poder Legislativo en la provincia es unicameral, a diferencia del Congreso de la Nación que es bicameral es decir con Cámara de Diputados y Cámara de Senadores.

Esta situación es así ya que la CP establece en su artículo 53 «El Poder Legislativo será ejercido por una Cámara de Diputados elegidos directamente por el pueblo, en distrito único y en la forma que la ley establezca. Se elegirá un diputado por cada diez mil habitantes o fracción no inferior a cinco mil. Después de cada censo nacional o provincial, la ley determinará el número de abitantes a quienes ha de representar cada diputado; no podrá haber menos de veintiuno ni más de treinta legisladores». Desde el periodo iniciado en el año 2011 son treinta los diputados que conforman el Poder Legislativo en La Pampa. 3 41 AÑO 2 – NRO. – ENERO ‘JUNIO 2014 por la Contaduría General de la Provincia, por conducto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, al Tribunal de Cuentas antes del 31 de mayo siguiente, para que adjunte un estado de rendiciones de cuentas de los responsables, un compendio de las observaciones formuladas durante el ejercicio y toda otra información ue estime conveniente sobre su La Cuenta de inversión del ejercicio será devuelta al ministerio de origen antes del 31 de julio, para su elevación al Poder ectos de cumplimentar lo dispue ículo 81, la Provincia. El presupuesto público es la ley fundamental que ordena la gestión económica y financiera del Estado durante un periodo de tiempo determinado, que en la provincia de La Pampa es anual abarcando de enero a diciembre de cada año, aunque la Ley NO 3 establece que podría ser plurianual, situación que nunca desde su sanción en el año 1953 sucedió. En materia presupuestaria hay tres omentos claves: el de la elaboración o diseño (que incluye la presentación y la aprobación), el de la ejecución y el de la evaluación y control.

El proceso inicia con el diseño del proyecto que elabora el Poder Ejecutivo en función de las políticas gubernamentales, teniendo en cuenta gran cantidad de datos transformados en información y la intervención de muchas organizaciones y actores que interactúan en un juego de poder y de mutua influencia; este luego se presenta ante la Cámara de Diputados para someterse al debate parlamentario y finalmente se sanciona la ley que aprueba el presupuesto. En el presupuesto aprobado los recursos estimados constituyen los ingresos que se estima obtener y los gastos autorizados establecen límites máximos de gasto a ejecutarse, ambos en el año fiscal. La ejecución sucede cuando se disponen los fondos, se autorizan y se registran las operaciones que se ejecutan durante el periodo fiscal.

La tercera etapa es el momento de la evaluación y control esta se produce durante la ejecución y cuando final de ejecución del mismo, que I ceso cuenta que se sintetizan en la Cuenta de Inversión anual, 42 que deberá ser aprobada o desaprobada por el Poder Legislativo. La cuenta de inversión es la rendición de cuentas anual de la gestión y de la ejecución del presupuesto, que el Poder Ejecutivo realiza al Poder Legislativo. por último es necesario señalar que la legislación en la provincia de La Pampa en materia de hacienda pública data de la década del 50, la cual por el inevitable transcurso del tiempo ha quedado disminuida en cuanto a su alcance dado que no ampara la diversidad de situaciones que genera la dinámica de la actual administracion.

Específicamente la ley NO 3 de la provincia de La Pampa que contempla los lineamientos que debe contener l presupuesto provincial es del año 1953 y su decreto reglamentario NO 95 es del año 1954. Es evidente la necesidad de ajustar la legislación provincial, en este sentido Hollenbach (1 994: 39) afirma: No hay una sociedad bien ordenada ideal que pueda ser realizada de una vez para siempre. En la medida en que es construida, siempre será imperfecta y frágil. Por lo tanto, siempre habrá necesidad de un serio debate público y de una argumentación acerca de lo que conforma el bien de la sociedad. Elaboración del presupuesto del Poder Judicial La Ley Orgánica del Poder 4 0 DF 28 establece, en su artículo 3 rior