Promesa compra y poder

febrero 21, 2019 Desactivado Por admin

Promesa compra y poder gy rogalcr ‘/OR6pR 15, 2011 4 pagos CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA comparecen: Don chileno, , con Cédula Nacional de Identidad y Rol Unico Tributario número , de paso en ésta, por una parte y como promitente vendedora; y por otra y como promitente com radora y Rol Unico Tributan todos mayores de ed las cédulas anotadas y expresan: Que han ora to View , cule promesa de compraventa: PRIMERO: Dona doña don cional de Identidad , de paso en ésta; su identidad con pertenecerles e contrato de y doña son dueños del inmueble ubicado en Comuna de , Provincia de

Región de que tiene una superficie aproximada de metros cuadrados, que según el Plano N c deslinda: Norte: que hiciera de Don • E-ste, Oeste: • Sur: . Don adquirió la citada propiedad por compra con fecha ante el notarios . El título se encuentra insc inscrito a fojas de Propiedad del aho Bienes Raíces de número en el Registro de cargo del Conservador de SEGUNDO: Por el presente instrumento don promete vender, ceder y transferir a don O A QUIEN ÉSTE DESIGNE, quien a su vez, promete comprar y adquirir para sí el inmueble individualizado en la cláusula anterior.

TERCERO: El precio de venta seré la suma de $ se paga y pagará de la sigu’ente manera: que CUARTO: La venta de se hará respecto del inmueble como cuerpo cierto, con lo edificado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas, libre de litigios y deudas de cualquier especie, así como de hipotecas, gravámenes, servidumbres pasivas, prohibiciones y embargos, con el pago del impuesto territorial y cuentas de servicio al día, libre de todo riesgo por deudas reales o personales obligándose la prometiente vendedora al saneamiento de la evicción en conformidad a la ley.

Se deja constancia que la promitente vendedora podrá retirar todo tipo de bienes del inmueble, con excepción del cerco perimetral, hasta el día de la entrega de de la propiedad. QUINTO: El contrato prometido se celebrará, ante esta misma Notaría, a más tardar en el plazo de 90 días contados desde la firma de presente contrato de promesa. Dicho plazo será de días corridos.

Para el evento de no concurrir alguna de las partes a la suscripción de la compraventa definitiva el día indicado antenormente, las mismas convienen en fijar com la compraventa definitiva el día indicado anteriormente, las ismas convienen en fijar como cantidad indemnizatoria anticipada de perjuicios a pagarse por la negligente a la diligente, la suma equivalente de millones de pesos, siendo requisito de procedencia del cobro, el hecho de haberse suscrito contrato definitivo por parte de quien reclama el pago, en la fecha al efecto. Lo anterior sin perjuicio de la devolución del pago que la promitente compradora deberá efectuar.

Respecto de los promitentes vendedores, la obligación será solidaria, pudiendo perseguirse el pago del total de esta suma respecto de cualquiera de ellos. SEXTO: Los gastos notariales del presente contrato y los gastos notariales del contrato prometido serán pagados por igual entre las partes. Los gastos de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces competente serán de cargo exclusivo del promitente comprador. SÉPTIMO: La entrega material del inmueble vendido se verificará libre de ocupantes y con sus derechos de aseos, impuestos y cuentas domiciliarias pagadas, todas al momento del pago del saldo de precio.

OCTAVO: Las partes señalan como domicilio para todos los efectos de éste contrato la ciudad de ompetencia para ante sus tribunales. y prorrogan NOVENO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura para requerir y firmar todas las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes, así como presentar las minutas que fueren necesarias en los conservadores de bienes raíces correspondientes 3Lvf4 presentar las minutas que fueren necesarias en los DÉCIMO: Mandato. or medo de este acto, otorgan mandato a don para que a su nombre y representación, concurra a la celebración del contrato prometido de compraventa, de modo de dar efectivo cumplimiento a as obligaciones que emanan del presente instrumento y que deben cumplirse por ellos, asf como otorgan poder para que de la misma forma, concurra al cabal cumplimiento del contrato prometido. Así, otorgan mandato para celebrar cuantos actos sean necesarios hasta el total cumplimiento del presente encargo. ara tales efectos, y sin que la enumeración sea taxativa, podrá ejecutar los siguientes actos: a) Firmar escrituras públicas o privadas, así como cualquier otro tipo de documentos o instrumentos que sean necesarios; b) Comparecer ante cualquier nstitución pública, privada, fiscal o semifiscal, de cualquier índole, sean bancos, instituciones financieras, Conservadores de Bienes Raíces, Archivero Judicial u otros, y efectuar solicitudes o requerimientos en ellos en representación de los mandantes, para efectuar cualquiera de las gestiones necesarias para lograr el cumplimiento del encargo.

En comprobante, previa lectura, firman los comparecientes conjuntamente con el Notario autorizante. El presente instrumento fue confeccionado según instrucciones de los comparecientes y bajo su exclusiva responsabilidad. DOY FE.